La nueva Ley del Ruido de Castilla y León, aprobada el pasado junio y que será de obligado cumplimiento en 2012, afectará a casi todos los ámbitos de la vida urbana, desde las relaciones entre vecinos a la prestación de servicios, especialmente en los sectores de hostelería y construcción. Las multas por incumplimiento oscilan entre los 600 y los 300.000 euros. Las infracciones muy graves provocarán incluso la clausura definitiva de la actividad.
Como transposición de la normativa europea y estatal, Castilla y León aprobó
en junio la Ley 5/2009 de Ruido de Castilla y León. Se trata de una norma
llamada a afectar a toda actividad empresarial, tanto a nuevas actividades, como
la ya existentes con un periodo transitorio que culminará en 2012. En ese
momento, la ley será de obligado cumplimiento en todo lo concerniente a la
emisión de ruido.
Para explicar el texto normativo, la Cámara de Segovia, en el marco de los Foros Medioambientales, celebró este miércoles una jornada a la que asistieron una treintena de empresarios y técnicos municipales.
La mayor parte de los empresarios en la jornada eran del sector de la construcción
Curiosamente, la mayor parte de los empresarios que acudieron eran del sector
de la construcción, cuando otros sectores, como la hostelería, se ven más
afectados directamente por la nueva Ley. El encargado de la ponencia fue Jaime
Fernández Orcajo, Jefe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático
de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Orcajo se
negó a comparecer ante los medios.
En líneas generales, la ley fija los
umbrales máximos de ruido en función de una clasificación previa zonal que
deberá desarrollarse a través de mapas de ruido en los ayuntamientos de más de
20.000 habitantes (en este momento, Segovia está ya adaptando su mapa de ruido a
la nueva legislación) e incorporarse a los planeamientos urbanos.
Es
decir, los parámetros de ruido tolerable están condicionados a áreas,
contemplándose desde áreas especialmente restrictivas (Ara de Alta Sensibilidad
Acústica, hospitales, ecuelas) a Areas Especialmente Ruidosas (entornos de
aeropuertos o estaciones ferroviarias). Los usos industriales se ubicarán en
Areas Ruidosas, lo que establece incopatibilidades, por ejemplo, con los usos
residenciales (mayormente ubicados en Areas Levemente Ruidosas).
También
se regula la calidad acústica en el interior de los edificios. En función de los
usos y de las áreas en que se ubiquen, las licencias de obra deben contemplar
más o menos medidas de impacto sonoro.
Está prohibido trabajar en obras domésticas entre las 22.00 y las 8.00
horas
Las repercusiones de la nueva ley abarcan casi todos los ámbitos
de la vida urbana, desde las relaciones entre vecinos, a la prestación de
servicios. Algunos ejemplos, en las obras domésticas (las que se realicen en el
interior de las casas) está prohibido trabajar entre las 22.00 y las 8.00 horas.
Con motivo de eventos lúdico-culturales (verbenas, ferias, etc…) los
ayuntamientos deberán tramitarse estudios acústicos justificativos. Obviamente,
la hostelería es un sector especialmente afectado.
Desde ya mismo para la concesión de nuevas licencias o en 2012 para las ya
existentes, todos los bares dotados con equipos de sonido deberán disponer de
limitadores de sonido, y lo que es más, sistemas telemáticos de traslado de
lectura de esas emisiones a la Administración. Como norma general, el ruido en
un establecimiento no puede superar los 95 decibelios. Igualmente importante es
que se limita la concesión de licencias para estos bares a más de 25 metros de
los ya existentes.
La jornada se realizó en colaboración con Caja Duero,
Consejo Regional de Cámaras y Junta de Castilla y León.